Complemento Carta Porte 3.1

  • Actualización del Complemento Carta Porte 3.1

A partir del 17 de julio de 2024, entra en vigor el Complemento Carta Porte 3.1. Siendo a partir de esta fecha, la única versión vigente de este complemento. 

  • ¿Que es el Complemento Carta Porte?

El Complemento Carta Porte que se incorpora al CFDI de tipo Ingreso, en los términos señalados en el primer párrafo del artículo primero del presente Acuerdo, es el título legal del contrato entre el transportista y el “Expedidor”, “Remitente” o “Usuario” que contrata el servicio, por cuyo contenido se decidirán las cuestiones que ocurran con motivo del servicio de transporte, siendo el instrumento comprobatorio de la recepción o entrega de las cosas, bienes mercancías o vehículo objeto de servicio, de su legal posesión, traslado o transporte, aplicable en el servicio de autotransporte federal de carga general o especializada en sus distintas modalidades, paquetería y mensajería, así como el servicio de arrastre y arrastre y salvamento de vehículos.

En el transporte privado de carga el permisionario acreditará el transporte de sus bienes o mercancías, a través de un CFDI de tipo Traslado con Complemento Carta Porte.

  • ¿Que son las Condiciones de Prestación de Servicios que ampara el Complemento Carta Porte?

Las condiciones de prestación de los servicios de transporte de bienes, mercancías o vehículos, por los caminos y puentes de jurisdicción federal, se consignarán en las cláusulas del contrato de prestación de servicios que ampara la carta porte, mismas que son obligatorias para todos los transportistas y formarán parte integral en la representación impresa, en papel o en formato digital, del CFDI de tipo traslado o ingreso con complemento Carta Porte, en los términos del Anexo Único del presente Acuerdo.

Dicha información se puede consultar en la siguiente liga:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5638495&fecha=16/12/2021

¿Quién emite el Complemento de Carta Porte?

  • Complemento Carta Porte de Ingreso

Los contribuyentes dedicados al servicio de transporte terrestre de carga general y especializada, que circulen por vía terrestre, férrea, marítima, o aérea deberán expedir un CFDi de tipo Ingreso que ampare la prestación de este tipo de servicio al cuál deberán agregar el Complemento Carta Porte. Cabe mencionar que dicho CFDi de Ingresos deberá cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo 29-A del CFF, así también este servirá para acreditar el transporte y la legal tenencia de los bienes o mercancías mediante su representación impresa en papel o en formato digital.

Flujo del servicio de traslado de mercancías cuando se emite un CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte

Cómo se debe emitir el CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte - Facturafacilmente

Cómo se debe emitir el CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte – Facturafacilmente

1. Si te dedicas a la prestación de servicios de traslado de bienes o mercancías, debes estar dado de alta en el RFC y contar con el permiso correspondiente, otorgado por la SCT.
2. La o el cliente te contratará para realizar el traslado de los bienes o mercancías.
3. Debes solicitar a la o el cliente que te proporcione la información relacionada al traslado de los bienes o mercancías.
4. Realiza la captura en el CFDI, de los servicios de transportación que prestarás y en el complemento Carta Porte, informa los bienes o mercancías a transportar, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, propietarias o propietarios, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores, así como los datos del autotransporte.
5. Realiza el traslado de bienes o mercancías, con el complemento Carta Porte acreditarás la legal tenencia mediante su representación impresa o el archivo digital correspondiente.
6. La autoridad responsable realiza verificación aleatoria en punto de control.
7. Entrega los bienes o mercancías en el destino acordado y finaliza el servicio.

  • Complemento Carta Porte de Traslado

Los propietarios de mercancías o bienes que formen parte de sus activos, podrán acreditar el transporte de los mismos, mediante la representación impresa, en papel o en formato digital, de un CFDi de Traslado al cuál deberán agregar el Complemento Carta Porte el cuál deberá ser expedido por ellos mismos. Dicho comprobante se usará para el traslado de mercancías o bienes en territorio nacional por vía terrestre, férrea, marítima o aérea.

En dicho comprobante se deberá consignar como valor: cero, su clave en el RFC como emisor y receptor de este comprobante; así como la clave de producto y servicio que se indique en el Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte públicado en el portal del SAT.

En el supuesto en el que el traslado de mercancía se realice a través de un intermediario o agente de transporte, éste deberá emitir el CFDi de Traslado al cuál deberá agregar el Nuevo Complemento Carta Porte y usar su representación impresa, en papel o en formato digital, para acreditar el transporte de dichos bienes o mercancías, siempre que el traslado lo realicen por medios propios.

Flujo del servicio de traslado de mercancías cuando se emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte

Flujo del servicio de traslado de mercancías cuando se emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte - Factura Fácilmente

Flujo del servicio de traslado de mercancías cuando se emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte – Factura Fácilmente


1. La o el propietario, intermediario o agente de transporte, requiere trasladar bienes o mercancías.
2. Emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte, informa los bienes o mercancías a transportar, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, propietarias o propietarios, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores, así como los datos del autotransporte.
3. Realiza el transporte de los bienes o mercancías por sus propios medios.
4. La autoridad responsable realiza verificación aleatoria en punto de control.
5. Llega al, o los destinos indicados y finaliza el traslado.

¿Como debo realizar el llenado del CFDi con Complemento Carta Porte?

Dicha información se puede consultar en la siguiente liga:
https://www.facturafacilmente.com/complemento-carta-porte-3-0-guia-de-llenado-sat-facturafacilmente-com/

¿Cuales son las preguntas frecuentes para el llenado del CFDi con Complemento Carta Porte?

Dicha información se puede consultar en la siguiente liga:
https://www.facturafacilmente.com/el-sat-responde-21-preguntas-frecuentes-generales-claves-sobre-el-complemento-carta-porte-3-0/

  • ¿Cuales son los Documentos que fueron actualizados?
    • • Estándar de Carta Porte (pdf)
    • • Esquema de Carta Porte (xsd)
    • • Secuencia de cadena original Carta Porte (xslt)
    • • Matriz de errores (xls) ​
    • • Esquema de los catálogos (xsd) • ​Catálogos del complemento.

Se han agregado 7 nuevos catálogos a esta versión:

-Catálogo de Sector COFEPRIS

-Catálogo de Tipo Materia
-Catálogo de Forma Farmaceutica
-Catálogo de Ubicaciones Polos ISTMO
-Catálogo de Condiciones Especiales del Transporte
-Catálogo de Régimen Aduanero
-Catálogo de Documentos Aduaneros

Se agregaron 39 nuevos atributos y se eliminó 1 atributo dando un total de 180 atributos en total para esta nueva versión del complemento.

La nueva versión 3.1 del Complemento Carta Porte (CCP) incluye un nuevo código de barras QR que deberá acompañar a la Representación Impresa de la Carta Porte, dicha información puede ser consultada en el documento:

Estándar Carta Porte Versión 3.1 del (CCP) Página 115.

Dicho Código QR contenido en el Complemento Carta Porte (CCP) permitirá acceder a un servicio en el que será posible visualizar los datos del comprobante.

Por lo tanto tendrémos 2 folios fiscales, el UUID de la factura y el UUID del Complemento Carta Porte.

Para llevar a cabo lo mencionado anteriormente el Código QR deberá contener la siguiente información.

La URL de acceso al servicio que pueda mostrar los datos del comprobante
https://verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx/verificaccp/default.aspx

IdCCP: Folio complemento Carta Porte, precedido por el texto “&IdCCP=”
FechaHoraSalidaLlegada: Fecha de hora Salida Llegada complemento Carta Porte, precedido por el texto “&FechaOrig=”
FechaTimbrado: Fecha de hora de certificación del CFDI, precedido por el texto “&FechaTimb=”

Ejemplo de Código QR:
https://verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx/verificaccp/default.aspx?&IdCCP=CCC3EB8D-81CD-4557-8719-26632D2FA434&FechaOrig=2023-02-10T10:30:21&FechaTimb=2023-02-10T10:32:21

La actualización del Complemento Carta Porte cuenta con un nuevo atributo el cuál requiere sea incluido el Peso Bruto Vehícular.

  • COMPLEMENTO CARTA PORTE PARA OPERACIONES INTERNACIONALES

Transporte Internacional (TranspInternac):
En este campo se deberá seleccionar el valor Sí para indicar cuando el traslado de bienes y/o mercancías sea de carácter internacional.
TranspInternac: “Sí”

Entrada o Salida de mercancías (EntradaSalidaMerc):
En este campo se deberá seleccionar si se trata de una Entrada o Salida de bienes y/o mercancías cuando estos ingresen o salgan del territorio nacional acuerdo al régimen aduanero registrado anteriormente.
EntradaSalidaMerc: “Entrada”

País de Origen o Destino (PaisOrigenDestino):
En este campo se deberá seleccionar la clave del país de origen o destino de los bienes y/o mercancías transportados.
PaisOrigenDestino: “USA Estados Unidos”

Vía de Entrada o Salida (ViaEntradaSalida):
En este campo se debe seleccionar una clave del catálogo c_CveTransporte que describa el medio de transporte a través del cual las mercancías ingresan o salen del territorio nacional.
ViaEntradaSalida: “01 Autotransporte”

Régimen Aduanero (RegimenAduanero):
En este campo se deberá seleccionar una clave del catálogo c_RegimenAduanero, para expresar el tipo de régimen que se encuentra asociado con el traslado de los bienes y/o mercancías de procedencia extranjera.

Fracción Arancelaria (FraccionArancelaria):
Campo requerido cuando se trata de Transporte Internacional y que sirve para expresar la clave de la fracción arancelaria que corresponde con la descripción de los bienes y/o mercancías que se trasladan en los distintos medios de transporte.

UUID del comprobante de comercio exterior (UUIDComercioExt):
Campo requerido cuando se trata de “Salida de Mercancias” y que sirve para expresar el folio fiscal (UUID) del comprobante de comercio exterior que se relaciona.

Documento Aduanero (TipoDocumento):
En este campo se deberá seleccionar una clave del catálogo c_DocumentoAduanero, asociado al traslado de los bienes y/o mercancías de procedencia extranjera para acreditar la legal estancia o tenencia durante su traslado en territorio nacional.

Tipo de Materia (TipoMateria):
En este campo se deberá seleccionar una clave del catálogo c_TipoMateria, para expresar el estado de la materia o producto al realizar una operación de comercio exterior a través de los distintos medios de transporte.

Número de Identificación Comercial (NICO)

El número de identificación comercial (NICO) que se agrega a la fracción arancelaria, se establece a fin de clasificar las mercancías en función de las fracciones arancelarias y la metodología para la creación y modificación de dichos números, estos serán determinados por la Secretaría de Economía.

La clasificación de las mercancías estará integrada por las fracciones arancelarias y el número de identificación comercial (NICO), el cual estará integrado por 2 dígitos, estos se colocan en la posición posterior de la fracción arancelaria que corresponda, y que estarán ordenados de manera progresiva iniciando del 00 al 99.

Genere su Carta porte con información de número de Identificación Comercial también conocida como Carta porte NICO dentro de nuestra plataforma de facturación.

Si requiere más información sobre este complemento y como nuestra solución puede ayudarlo, por favor póngase en contacto con nosotros y con gusto le atenderemos.

Interior de la República
Lada sin Costo: 01 800 841 3618

Área Metropolitana
01 55 5664 8965, 01 55 5648 3661


Fundamento Legal

Complemento Carta Porte SAT Versión 3.1 Públicado el 25 de Septiembre del 2023.

Resolución Miscelánea Fiscal 2024 publicada el día 29 de Diciembre de 2023.

Regla 2.7.1.8. Segundo Párrafo
Obligatoriedad del uso de complementos publicados en el portal del SAT

Regla 2.7.7.1.1.
CFDI de tipo ingreso con el que se acredita el transporte de mercancías

Regla 2.7.7.1.2.
CFDI con el que los propietarios, poseedores o tenedores acreditan el traslado de bienes o mercancías

Regla 2.7.7.2.1.
Traslado local de bienes o mercancías


Enlaces Externos:

Resolución Miscelanea Fiscal 2024
Complemento Carta Porte Versión 3.1 SAT
Complemento Carta de Porte Versión 3.1 Instructivo de Llenado
Complemento Carta de Porte Versión 3.1 Preguntas Frecuentes

Complemento Carta de Porte Versión 3.1 Estandar PDF
Complemento Carta de Porte Versión 3.1 Catálogos XLS
Complemento Carta de Porte Versión 3.1 Esquema XSD
Complemento Carta de Porte Versión 3.1 Matriz de Errores
Complemento Carta de Porte Versión 3.1 Esquema Catálogos XSD